La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio un paso más en la simplificación administrativa. Mediante la Resolución General 5757/2025, publicada en el Boletín Oficial, el organismo eliminó requisitos para quienes deban inscribirse en el “Régimen de Transportistas de Hidrocarburos con Beneficios”.
Menos trámites, más agilidad
A partir de ahora, los transportistas de hidrocarburos que gocen de exenciones totales o parciales, o de beneficios de reducción impositiva, ya no deberán acreditar su inscripción en el Registro Único del Transporte Automotor (RUTA). Esta exigencia quedó sin efecto tras la eliminación de dicho registro en diciembre pasado.
Además, la normativa sustituye el antiguo Registro de Entidades Auditoras de Seguridad, Técnicas y Ambientales, y actualiza referencias legales con el fin de hacer más ágil la adhesión al régimen.
Un cambio en línea con la desburocratización
La modificación se enmarca en la política de simplificación normativa impulsada por el Poder Ejecutivo Nacional, que encomendó a ARCA la revisión de regímenes informativos y otras obligaciones a su cargo.
Con estos cambios, el organismo busca facilitar el acceso al régimen y reducir cargas administrativas para las empresas de transporte de hidrocarburos, manteniendo al mismo tiempo los estándares de seguridad y control.