A partir del 1° de enero de 2026 entra en vigencia el nuevo Sistema Nacional de Identificación Electrónica de Animales, dispuesto por el Senasa. El esquema aplicará a bovinos, bubalinos y cérvidos, y permitirá seguir cada ejemplar desde su nacimiento hasta la faena, fortaleciendo la trazabilidad y la transparencia sanitaria.
l Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) oficializó la puesta en marcha del Sistema Nacional de Identificación Electrónica de Animales, que comenzará a regir en todo el país a partir del 1° de enero de 2026.
La medida establece que todo ternero o ternera nacido desde esa fecha deberá contar con un dispositivo electrónico, una especie de “chip”, que lo acompañará a lo largo de su vida productiva, garantizando la trazabilidad individual de cada animal.
Según la resolución publicada en el Boletín Oficial, el sistema abarcará a bovinos, bubalinos y cérvidos, y busca modernizar el control sanitario y los registros productivos del rodeo nacional.
Cómo funcionará el sistema
Cada animal será identificado con un binomio compuesto por una tarjeta visual y un dispositivo electrónico de radiofrecuencia (RFID). Este último podrá aplicarse de tres formas:
- Caravana botón RFID en la oreja derecha y tarjeta visual en la izquierda.
- Transpondedor inyectable, ubicado bajo el cartílago auricular derecho.
- Bolo ruminal RFID, alojado en el estómago del animal.
El dispositivo debe colocarse al destete o antes del primer movimiento, y debe permanecer durante toda la vida del animal, sin excepción.
El productor del establecimiento de nacimiento será el responsable de aplicar el dispositivo y registrar la información correspondiente en el sistema SIGSA, dentro de los 10 días hábiles posteriores a la colocación.
La declaración podrá realizarse en oficinas del Senasa, por autogestión en línea o mediante la aplicación móvil SIGBIOTRAZA.
Registro y control digital
El nuevo sistema implica que todos los movimientos de hacienda —ya sea entre campos, ferias o frigoríficos— deberán estar amparados por el Documento de Tránsito electrónico (DT-e) y por la Tarjeta de Registro Individual de Tropa (TRI).
Ferias, consignatarios y establecimientos faenadores tendrán la obligación de leer y registrar los dispositivos electrónicos de cada animal que ingrese, informando las recepciones y eventuales inconsistencias en el sistema del Senasa.
Asimismo, el dispositivo deberá ser recuperado, desactivado y destruido tras la faena, para evitar cualquier reutilización indebida o ingreso a la cadena alimentaria.
Sanciones e incumplimientos
El Senasa advirtió que iniciará acciones administrativas ante irregularidades como:
- Falta de identificación o demoras en la declaración.
- Animales con dispositivos duplicados o adulterados.
- Diferencias entre el número de animales y los identificadores registrados.
- No destrucción de los dispositivos tras la faena.
