La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio a conocer los ajustes en las categorías del Monotributo, actualizadas según la inflación del segundo semestre de 2024. Los contribuyentes tendrán la posibilidad de realizar su recategorización entre el 15 de enero y el 5 de febrero mediante una plataforma simplificada accesible a través de la web o la aplicación oficial.
El contador Sebastián Domínguez explicó que el valor de la cuota de enero se mantendrá igual al mes anterior, y a partir de febrero se aplicarán los nuevos montos definidos por las tablas actualizadas. Los ingresos que acompañaron la inflación permitirán mantener la misma categoría, mientras que ingresos inferiores a la inflación podrían justificar un descenso de categoría, lo que implicaría una reducción en los montos a pagar.
La escala quedará conformada de la siguiente manera:
La categoría “A”, que antes contemplada a quienes tenían ingresos brutos de hasta $6.450.000 anuales, ahora incluirá a quienes perciban hasta $7.813.530. En tanto, el impuesto total a pagar pasará de $26.600 a $32.223.
La categoría “B” será para quienes ganen hasta $11.447.730 brutos anuales. El impuesto mensual total será de $36.681 a partir de febrero.
La categoría “C” llegará hasta los $16.051.050 de ingresos brutos y el impuesto será de $42.954.
La categoría “D”, que llegaba a $16.450.000 brutos anuales, saltará a $19.927.530. El impuesto final será de $55.050
La categoría “E” incluirá a partir del 15 de enero a quienes ganen hasta $23.440.590. A partir de esa categoría el impuesto a pagar es diferente, según si el contribuyente se dedica a la venta de bienes o a la prestación de servicios. En el primer caso pagará $77.951 mensuales y en el segundo tributará $70.440.
La categoría “F” reunirá a aquellos contribuyentes con ingresos de hasta $29.376.450. El impuesto será de $98.103 para bienes y de $84.535 para servicios, tomando en consideración la inflación publicada por el Indec.
La categoría “G” será para quienes ganen hasta $35.130.600 y el impuesto irá de $103.328 a $149.845, dependiendo de la actividad del contribuyentes.
La categoría “H” abarcará a los trabajadores con ingresos brutos de hasta $53.301.600 anuales. En ese caso, el impuesto será de $340.081 para bienes y de $206.827 para servicios.
La categoría “I”, por su parte, saltará de $49.250.000 a $59.661.450 de ingresos brutos máximos anuales. El impuesto será de $627.030 para quienes se dedican a la venta de bienes y de $309.038 para quienes prestan algún servicio.
La categoría “J”, en tanto, será para quienes ganen hasta $68.322.960 mensuales. Esos contribuyentes deberán pagar $377.873 por servicios o 759.464 por bienes.
La categoría “K”, por último, que tenía un ingreso bruto máximo de $68.000.000 anuales, a partir de ahora llegará a $82.375.200. Si el contribuyente se dedica a la venta de bienes, deberá pagar $1.050.386 y si presta servicios, tendrá que pagar $456.800.
Si los contribuyentes no realizan la recategorización a tiempo, ARCA podrá efectuar el ajuste de oficio tras una fiscalización, lo que podría acarrear una multa del 50% sobre el impuesto integrado y el componente previsional correspondientes.
El contador Carlos Schestakow señaló que los contribuyentes deben revisar sus ingresos y categorías para evitar sanciones. Por su parte, Domínguez recordó que el cálculo de las nuevas categorías se basa en la inflación acumulada informada por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec), que registró una variación del 2,7% en diciembre, cerrando el semestre con un total del 21,14%.
Los contribuyentes tienen hasta el 5 de febrero para adecuarse a las nuevas tablas y realizar el trámite correspondiente.